El Ministerio de Justicia ha defendido que las sentencias que obligan a devolver la paga 'extra' de Navidad de 2012 no se pueden aplicar "de manera generalizada" a todos los funcionarios y solo tendrán efectos para aquellos que obtengan ese reconocimiento en los tribunales.
Así ha respondido a una pregunta parlamentaria de la líder de Unión, Progreso y Democracia (UPyD), Rosa Díez, cuestionando por qué el Gobierno considera que el efecto de estas sentencias no es extensible al resto de funcionarios de la Administración de Justicia y secretarios judiciales que se encuentran en la misma situación.
En su respuesta, a la que ha tenido acceso Europa Press, el Ministerio que dirige Alberto Ruiz-Gallardón afirma que las sentencias relacionadas con la paga extraordinaria "no producen, en sí mismas, extensión de efectos". "No se puede aplicar de una manera generalizada", añade.
"El hecho de dictar una sentencia que reconoce un derecho individual no significa la supresión de la legislación vigente para el conjunto de funcionarios", expone el Gobierno, que precisa que la decisión de reintegrar parcial o totalmente esa paga vulneraría el real decreto 20/2012 del 13 de julio."LA LEY NO ESTÁ DEROGADA"
En este sentido, advierte de que la ley no está derogada y "no se puede revocar" para todos los empleados públicos el contenido de ese real decreto que suprimía la paga extraordinaria de diciembre de 2012 y se publicó en el Boletín Oficial del Estado el 14 de julio de aquel año.
La formación magenta aludía a la sentencia de un juzgado de Sevilla que obligó en noviembre de 2013 a devolver la 'extra' a un funcionario de Justicia.
UPyD indicaba que la supresión en este ámbito se llevó a cabo a través de una reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial del 29 de diciembre de 2012, pero los funcionarios ya habían devengado ese salario desde el 1 de junio hasta el 30 de noviembre de 2012.
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