(Montoro continúa riéndose de los empleados públicos)
Desde 2012, los funcionarios han perdido la extra de Navidad. El Gobierno no aclara la fecha para su reintegro.
El Gobierno adopta una "actitud prudente" sobre la devolución de la extra de los funcionarios eliminada en 2012. Así, espera a la resolución de los recursos de inconstitucionalidad planteados ante el Tribunal Constitucional (TC). El ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, no precisa el año en que se hará efectiva la devolución de la paga extra de Navidad e insistió en que sería reintegrada progresivamente cuando lo permitan las condiciones económicas y presupuestarias.
En una respuesta parlamentaria a una pregunta de la diputada del BNG Olaia Fernández Davila, el Ejecutivo incide en que tiene la misma actitud de prudencia que ha manifestado el Tribunal Supremo (TS) en su sentencia.
A este respecto, considera que el TS en lugar de entrar a conocer el fondo del asunto ha preferido plantear cuestión de inconstitucionalidad a fin de que sea el más alto Tribunal el encargado de determinar cuál debe ser la interpretación que ha de darse a esta cuestión conforme a la Constitución.
El pasado abril, el TS planteó al TC una cuestión de inconstitucionalidad sobre la supresión a los empleados públicos de la paga extra de diciembre de 2012 al estimar que pudo vulnerar la prohibición de retroactividad de las leyes.
Esta decisión deriva del recurso de un funcionario adscrito al Constitucional que demandaba la devolución de la parte proporcional de su extra de Navidad generada entre el 1 de junio y el 14 de julio y que cifra en 769,44 euros.
Los magistrados, que ya adelantaron su fallo el pasado marzo, aclaran que no dudan de la constitucionalidad de la medida "en sus efectos futuros, pero se ve obligado a hacerlo en sus efectos retroactivos o retrospectivos", es decir, que la supresión de la extra por decreto con efectos del 15 de julio afectó a derechos retributivos generados desde el 1 de junio de 2012.
En el sector público la paga extra de junio se corresponde con el periodo trabajado desde el 1 de diciembre anterior hasta el 31 de mayo, en tanto que la de diciembre se devenga entre el 1 de junio y el 30 de noviembre. Por tanto, el decreto ley que suprimió la paga extra de diciembre y que entró en vigor el 15 de julio afectó a la parte devengada entre el 1 de junio y el 14 de julio, fecha hasta la que los empleados públicos mantenían el derecho a percibir las dos pagas extra en 2012.
Posteriormente, el ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, no precisó el año en que se hará efectiva la devolución de la paga extra de Navidad suprimida a los funcionarios en 2012 e insistió en que sería reintegrada progresivamente cuando lo permitan las condiciones económicas y presupuestarias.
El Gobierno adopta una "actitud prudente" sobre la devolución de la extra de los funcionarios eliminada en 2012. Así, espera a la resolución de los recursos de inconstitucionalidad planteados ante el Tribunal Constitucional (TC). El ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, no precisa el año en que se hará efectiva la devolución de la paga extra de Navidad e insistió en que sería reintegrada progresivamente cuando lo permitan las condiciones económicas y presupuestarias.
En una respuesta parlamentaria a una pregunta de la diputada del BNG Olaia Fernández Davila, el Ejecutivo incide en que tiene la misma actitud de prudencia que ha manifestado el Tribunal Supremo (TS) en su sentencia.
A este respecto, considera que el TS en lugar de entrar a conocer el fondo del asunto ha preferido plantear cuestión de inconstitucionalidad a fin de que sea el más alto Tribunal el encargado de determinar cuál debe ser la interpretación que ha de darse a esta cuestión conforme a la Constitución.
El pasado abril, el TS planteó al TC una cuestión de inconstitucionalidad sobre la supresión a los empleados públicos de la paga extra de diciembre de 2012 al estimar que pudo vulnerar la prohibición de retroactividad de las leyes.
Esta decisión deriva del recurso de un funcionario adscrito al Constitucional que demandaba la devolución de la parte proporcional de su extra de Navidad generada entre el 1 de junio y el 14 de julio y que cifra en 769,44 euros.
Los magistrados, que ya adelantaron su fallo el pasado marzo, aclaran que no dudan de la constitucionalidad de la medida "en sus efectos futuros, pero se ve obligado a hacerlo en sus efectos retroactivos o retrospectivos", es decir, que la supresión de la extra por decreto con efectos del 15 de julio afectó a derechos retributivos generados desde el 1 de junio de 2012.
En el sector público la paga extra de junio se corresponde con el periodo trabajado desde el 1 de diciembre anterior hasta el 31 de mayo, en tanto que la de diciembre se devenga entre el 1 de junio y el 30 de noviembre. Por tanto, el decreto ley que suprimió la paga extra de diciembre y que entró en vigor el 15 de julio afectó a la parte devengada entre el 1 de junio y el 14 de julio, fecha hasta la que los empleados públicos mantenían el derecho a percibir las dos pagas extra en 2012.
Posteriormente, el ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, no precisó el año en que se hará efectiva la devolución de la paga extra de Navidad suprimida a los funcionarios en 2012 e insistió en que sería reintegrada progresivamente cuando lo permitan las condiciones económicas y presupuestarias.
Fuente: negocios.com
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