En nuestro Ayuntamiento hemos sufrido en innumerables ocasiones el que algún que otro sinvergüenza, entendiéndose como tal aquella "persona" que comete actos ilegales en provecho propio o que incurre en inmoralidades o faltas de ética, arremeta contra los empleados municipales mintiendo, calumniando, sesgando la información, etc. En definitiva como comentábamos, cometiendo actos ilegales (existen sentencias condenatorias sobre "algún que otro") para sacar provecho propio.
Hacer mención que estas irregularidades se han ido cometiendo tanto en las redes sociales de las que hace mención el artículo que reproducimos a continuación, así como en otras como blogs e incluso en medios digitales registrados legalmente como medios de información.
Pero si algo tenemos claro en la Unión General de Trabajadores, es que el tiempo va poniendo a cada uno en su sitio.
Por ello hemos querido reproducir el artículo editado por El Confidencial para que en el caso de que alguién crea que se está vulnerando algún derecho, sepa actuar en relación a los protocolos establecidos.
Las denuncias por injurias y amenazas en las redes sociales cada vez más están colapsando los órganos judiciales españoles. Los procedimientos incoados por hechos ilícitos relacionados con las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) ascendieron el pasado año a 11.990, lo que supone un aumento del 50,64% en comparación con los 7.957 del anterior, según laMemoria Anual de la Fiscalía.
El incremento de este tipo de delitos no puede llegar en peor momento. Actualmente nada menos que un 43,53% de los juzgados soportan una carga de trabajo superior al 150% de la media fijada por el Pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), según el informe Órganos que sobrepasan el 150% que el propio CGPJ publicó el pasado mes de octubre.
Las redes sociales son utilizadas para comunicarse y compartir información entre los usuarios. Sin embargo, en ocasiones esos canales de comunicación se utilizan para proferir amenazas, injurias, calumnias o llevar a cabo conductas de acoso. Las plataformas favoritas son Facebook y Twitter. Lo que sucede en la mayoría de estos casos es que los infractores no son conscientes de que están cometiendo un delito.
A pesar de que estas actividades se suelen llevar a cabo bajo el paraguas del anonimato, existen medidas a tomar para denunciarlas.
Recopilar toda la información posible
Lo primero que se recomienda hacer si se es víctima de uno de estos delitos es recopilar la mayor cantidad de pruebas posible. Según ha explicado Portal Ley a Teknautas, "valen capturas de pantalla o fotografías de las amenazas o insultos, aunque lo mas aconsejable es levantar acta notarial de los contenidos".
Esto servirá para fundamentar los hechos ante un tribunal y también facilitará la identificación del autor o autores.
En este sentido conviene recordar que la Guardia Civil ya cuenta con una herramienta que permite inmortalizar desde un insulto o amenaza en redes sociales a un fraude, timo o estafa. La empresa eGarante, cien por cien española y especializada en certificar contenidos en internet, se alió el pasado mes de julio con la Guardia Civil para incluir en su portal de colaboración ciudadana la herramienta técnica que permite probar la comisión de una infracción administrativa o penal a pesar de que el contenido haya sido manipulado o borrado de la red.
Desde el portal de los expertos informáticos del instituto armado y a través de los apartados Quiero informar o Quiero denunciar, el ciudadano tan sólo debe rellenar un formulario y adjuntar la dirección web (URL) de esa página que aloja, según sus sospechas, algún contenido delictivo. El denunciante también puede enviar esa dirección a un correo electrónico de eGarante con la URL, que queda automáticamente capturada, guardada en formato PDF y remitida al ciudadano de forma gratuita.
Cómo saber qué derecho está siendo agredido
Que un usuario tenga una opinión diferente o realice una simple crítica a otro no debe interpretarse como un insulto, una injuria o una calumnia. Algo bastante frecuente en derecho.
El delito de calumnias según el artículo 205 del Código Penal, es "la imputación de un delito hecha con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad". Por su parte, el delito de injurias se incluye en el artículo 208 del Código Penal y consiste únicamente en "la acción o expresión que lesiona la dignidad de otra persona, menoscabando su fama o atentando contra su propia estimación".
"La criminalidad real es muy superior a la oficial. Existe una cifra negra muy importante en este tipo de delitos.
El delito de calumnias es más difícil de cometer, edemás de conllevar una pena mayor. Las injurias sin embargo es el delito en el que más usuarios de redes sociales caen"
Según Cristina Sirera, experta en Protección de Datos del despacho Elzaburu "la razón se encuentra en que somos nuevos en internet y la mayoría de ciudadanos cree que puede decir lo que quiera. No son conscientes de que están cometiendo un delito"
En ambos supuestos el Código Penal aclara que la gravedad de la pena depende de factores como por ejemplo que se haga publicidad. Pero es que el hecho de que estos delitos se estén cometiendo en internet conlleva que la difusión sea máxima y el perjuicio mayor. Por tanto, también la condena.
"La criminalidad real en este tipo de delitos es muy superior a la oficial. Existe una cifra negra de la que no se está hablando. Este incremento obedece a que existe una mayor facilidad de cometer el delito y los que incurren en él se amparan en el anonimato. Sin embargo y paradójicamente, nuestra legislación española y en particular la penal, es muy dispersa al respecto. No existe ningún apartado relacionado con las tecnologías de la información que aglutine todos los tipos y solucione los problemas", ha añadido Fernando Santa Cecilia, catedrático de Derecho Penal de la UCM.
Denunciar ante la red social y las autoridades
Redes sociales como Facebook o Twitter ponen a disposición de sus usuarios mecanismos para denunciar estas situaciones de hecho, en caso de haber sido víctimas de injurias, calumnias o acoso.
Para denunciar en Facebook es necesario hacer click en Acciones (en la parte superior derecha), y después en Denunciar spam o abuso. Por su parte, en Twitter hay que pulsar en el botón de Ajustes, desde donde se puede bloquear o reportar. Una vez hecho esto aparece la opción de Este usuario es abusivo. Ahí aparecen las limitaciones que impone Twitter y consejos sobre qué hacer.
Además, se recomienda iniciar acciones legales. El principal problema en estos casos es hacer frente al anonimato. "El principal problema es de prueba. En estos casos cuantas más se tengan mejor", ha concluido Santa Cecilia.
Recientemente el Ministerio del Interior reforzó la lucha contra el cibercrimen mediante la creación de una nueva Unidad Central de Investigación de delitos Tecnológicos que, entre otras cuestiones, ya se encarga de perseguir las actividades delictivas en las redes sociales. Entre sus funciones está la de perseguir los delitos que impliquen el uso de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación así como el cibercrimen a nivel nacional e internacional.
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